El 13 de agosto comenzó en La Plata el juicio por los crímenes cometidos en el Centro Clandestino de Detención de la Brigada de Investigaciones de San Justo. El debate incluye imputaciones a 19 represores por 84 casos, 31 de los cuales corresponde a personas detenidas-desaparecidas. LAS AUDIENCIAS SON LOS MIÉRCOLES DESDE LAS 10 AM EN LOS TRIBUNALES FEDERALES DE LA PLATA, CALLE 8 Y 50. (Se extenderá hasta 2019).

sábado, 26 de diciembre de 2020

SENTENCIA EN EL JUICIO POR LA BRIGADA DE INVESTIGACIONES DE SAN JUSTO

 SENTENCIA EN EL JUICIO POR LA BRIGADA DE INVESTIGACIONES DE SAN JUSTO


El 2 de diciembre de 2020 se conoció la sentencia luego de 2 años y 4 meses de debate.

El Tribunal Oral Federal 1 de La Plata, integrado por los jueces Alejandro Esmoris, Nelson Jarazo y Pablo Vega, dictó una sentencia bastante aceptable tratándose de magistrados muy pegados a lo técnico, que han rechazado ampliaciones en el debate por casos de personas cuyo paso por el CCD está probado y han sostenido las domiciliarias a 15 de los represores juzgados en esta causa. Además apartaron “por razones de salud” al genocida Ojeda y por la tardanza del debate murió impune el subsecretario de Gobierno Juan María Torino, ambos juzgados por primera vez en estos procesos.

Demás está decir que las penas fueron mucho menores a las pedidas por nuestra querella de Justicia Ya La Plata, e incluso en varios casos a las pedidas por la querella del Ministerio Público Fiscal. En resumen, si bien se dictó la expropiación del predio de la Brigada y su transformación en un museo de la memoria, y hubo 10 represores condenados a perpetua y otros 6 a 25 años, se absolvió a Roberto Félix, subcomisario de la Brigada entre febrero y diciembre del ’78, al que el tribunal por mayoría le creyó que no fue parte del CCD porque se fue a realizar un curso, y que no está procesado en ninguna otra causa.

Además, los jueces Esmoris y Jarazo se despacharon en este fallo, y a pedido de la defensas de los represores, con la inconstitucionalidad del artículo 19 inciso 4 del Código Penal, esto es preservarles las jubilaciones de policía y ejército a los genocidas pese a inhabilitarlos de manera absoluta para ejercer cargos públicos. Ni hablar de que los doctores que votaron con anterioridad el 2x1 a un par de represores no asomaron a la posibilidad de decretar que esto se trató de un Genocidio, y se quedaron en la tibia posición de hechos “constitutivos de crímenes de lesa humanidad”, como si se hubiera tratado de un ataque indiscriminado a la población civil y no del aniquilamiento planificado desde el Estado de una generación de luchadores.

Quedan pendientes en instrucción varias causas individuales de personas desaparecidas desde la Brigada de San Justo, incluso por hechos anteriores al 24 de marzo de 1976, que se espera sean parte de un juicio “Brigada 2”, y la imputación al genocida Julio Candioti, que no fue parte de este proceso por haberse profugado durante más de un año.



martes, 24 de noviembre de 2020

SUSPENDIERON LA SENTENCIA DEL JUICIO POR EL CCDTyE BRIGADA DE SAN JUST0

Suspendieron la sentencia del juicio por el CCDTyE Brigada de San Justo para reingresar al debate al genocida Ricardo Armando Fernández 

Desprolijidades superlativas

 Por HIJOS La Plata.

 

A horas de dictar sentencia en la causa FLP 373 el Tribunal Oral Federal 1 de La Plata informó a las partes que suspende la lectura del veredicto, acordada hace semanas para un juicio que lleva más de 2 años de audiencias. En agosto pasado el juez Alejandro Esmoris –con voto acorde de una línea de sus colegas Nelson Jarazo y Pablo Vega- habían dictado el apartamiento por motivos psiquiátricos del genocida Ricardo Armando Fernández, represor del Destacamento de Inteligencia 101 del Ejército que está acusado por 47 casos de secuestros y torturas. En octubre nuevos estudios dijeron que no sólo está apto para ser juzgado en esta causa y en otra en curso por las Brigadas de Banfield, Quilmes y Lanús, sino que había simulado su senilidad. La evidente desprolijidad de la justicia federal sólo trae bronca y dolor en los familiares y sobrevivientes y completa un año de terror para las causas contra los genocidas. Finalmente se leerá el veredicto el 2 de diciembre.

 

Por HIJOS La Plata

https://www.facebook.com/HIJOS.LaPlata/

 

 


Para concluir un año para el olvido en los juicios de lesa humanidad en La Plata, donde ha habido continuidad de la justicia on line, jueces que se excusan para ir a cuidar a su madre del Covid, confirmatoria de una absolución con sobrados elementos en contra, suspensiones con unificación obligada de expedientes y un reguero de domiciliarias con indagatorias por zoom, asistimos ahora a la postergación de la sentencia por los crímenes del CCDTyE Brigada de Investigaciones de San Justo por el apartamiento infundado de uno de los imputados, en un debate que lleva una demora inaceptable y que refiere a la pereza del propio tribunal.

El represor Ricardo Armando Fernández había sido separado por razones de salud en el juicio por ese CCD. Ahora la causa tenía fecha cierta de sentencia para este miércoles 18 de noviembre, pero el TOF 1 platense avisó horas antes de la lectura del veredicto que suspende el acto para revisar la situación de Fernández, a quien nuevos estudios presentaron como un gran simulador.

El pasado 26 de agosto el TOF 1 platense había informado su decisión de suspender la acusación contra Fernández y disponer su inmediata libertad basándose en estudios realizados por peritos del Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema, de la fiscalía, de la Defensoría General de la Nación y de la querella del Codesedh.

El tribunal informó que las juntas médicas pedidas por la defensa del genocida se realizaron en febrero y agosto de 2019 y determinaron que si bien físicamente “no presenta patologías que obstaculicen la posibilidad de continuar sujeto a juicio”, en la evaluación psiquiátrica se determinó que presenta “un trastorno psico orgánico asociado a un trastorno depresivo de largo tiempo de evolución”, que “impresiona como un cuadro crónico, de evolución irreversible y del cual no se obtendrán mejorías en el futuro. Al momento del presente examen las facultades no encuadran dentro de la normalidad”. En un estudio complementario de marzo de 2020 se quiso constatar que “las facultades mentales de Ricardo Armando Fernández al momento del examen no encuadran dentro de parámetros considerados como normales desde la perspectiva médico legal”, y que la signosintomatologia consignada no emerge como simulada”. Además se había dispuesto la realización de informes médicos semestrales para detectar si el reo “ha recuperado su capacidad de ser sometido a juicio” y “el carácter reversible o no de la patología que lo afecta”.

Fernández estuvo activo en el Destacamento 101 de Inteligencia de La Plata entre junio del ´75 y diciembre del ’77, y como tal fue parte de la Central de Reunión del 101 y luego integró uno de sus Grupos Operativos Especiales. El genocida fue condenado a perpetua en el juicio por el CCD “La Cacha” en 2014 y como la mayoría de los represores de la causa San Justo, y los represores procesados o condenados en todo el país, cumple detención domiciliaria, en este caso en su casa de Soler Nº 3210, depto. 3° “B” en CABA. En octubre de 2019 Fernández fue indagado por videoconferencia desde los tribunales de Comodoro Py en el debate oral en el que ahora se lo revincula. Allí puso en escena un paso de comedia: se presentó en silla de ruedas y al dársele micrófono dijo “¡Sí!”. “¿Y qué quiere decir?” reclamó el juez Alejandro Esmoris. “No sé, ¿qué quiere decir usted” devolvió casi como una humorada. “¿Usted integró el Destacamento 101 de La Plata?”, preguntó Esmoris con poca paciencia. “La Plata, si”, dijo entre balbuceos. “¿Y de quién dependía la Brigada de San Justo?”, insistió el magistrado. “No sé, si usted no lo sabe”, se desentendió Fernández al borde de la tomada de pelo. Entonces intervino el abogado de Fernández, el esmerado defensor oficial Adriano Liva, que le recomendó no seguir declarando y reiteró planteos anteriormente realizados sobre pedidos para apartar al represor del juicio porque tendría una “afectación severa de su cognición” que le impediría “mantener una conversación coherente”. Por aquel entonces el tribunal decidió continuar adelante con la acusación porque no encontraba una incapacidad determinada pericialmente. El juez Esmoris creyó al pié del palco la actuación de Fernández y decidió suspender el proceso en su contra en agosto de este año con ejemplar opinión sobre el “thema decidendum” de la incapacidad del reo: doctrina varia sobre la diferencia entre “capacidad absoluta” y “capacidad específica”, increíbles citas de la defensa del represor sobre el derecho del imputado a intervenir de manera personal en el proceso –hallarse presente cuando está casi ausente por gozar de domiciliaria y no por senil-, evaluación de la palabra del CMF  como verdad incuestionable, todo ello para concluir que no existe “ninguna razón plausible, tampoco desde el plano legal, para apartarse de las fundadas opiniones que vienen expresando los galenos desde hace ya mucho más de un año”.

Avalado por tal victoria  Fernández siguió su camino al estrellato y en exámenes realizados con postrioridad se determinó una actitud “pasiva, por momento de oposición y negativismo. Su estado es de conciencia vigil, pero muy sedado por psicofármacos. Por momentos se duerme. Contesta con los ojos cerrados. Ante determinadas preguntas se irrita y se fastidia (…) ánimo malhumorado, displacentero, irritable, hipobulia, discurso coherente, pero escueto y parco”. Tras lo cual fue determinada “sobresimulación de sintomatología, respecto a desorientación temporal, trastorno de memoria y fatiga de la atención especialmente”. Para más detalles sobre el histrión se afirma que “dice no saber qué día es hoy, pero sin embargo se sorprende al ver a su hija en un horario que no es el habitual (denotando que sí tiene orientación del tiempo y control sobre los movimientos de su hogar, entradas y salidas de sus familiares en el mismo)” y que “con voz altisonante manifiesta que ‘soy Teniente Coronel del Ejército Argentino’ con gran vigor psíquico que no coincide con el cansancio que refirió y adormecimiento que mostraba momentos antes para evitar responder”. Todo ello llevó a concluir científicamente que el militar apelaba indudablemente a respuestas estereotipadas, o lo que se denomina ¨ estereotipias defensivas¨ que lleva a pensar en un cuadro de simulación.  

Ante esta situación al TOF 1 no le quedó otra que demorar un poco la sentencia de San Justo para corregir su anterior decisión apresurada de apartar por senil al reo. Finalmente se leerá el veredicto el 2 de diciembre.

La realidad nos plantea que si hay represores como Fernández que buscan lograr evitar ser juzgados por incapaces y dibujan tan sencillamente una senilidad inexistente es por exclusiva responsabilidad del Cuerpo Médico Forense, cada vez más cuestionado, no sólo por su intervención en las causas de lesa humanidad, sino en otras de desapariciones actuales como las de Santiago Maldonado y Facundo Astudillo castro donde se intenta dibujar el accidente para tapar la desaparición forzada de personas. Aquí es responsable el Estado argentino todo, que tardó 44 años en juzgarlos por los crímenes de lesa humanidad que cometieron como integrantes de una estructura genocida desplegada durante la última dictadura. Y la justicia federal senil es responsable.

 

UNA JODA…

Como venimos describiendo hace años, incluso desde antes de diciembre de 2015, el proceso de los juicios a los genocidas se encuentra asediado por distintos ejes de impunidad: el estiramiento indefinido de los procesos a favor de la impunidad biológica de los genocidas, el cuello de botella entre la instrucción de las causas y los debates orales, y las medidas ilegítimas de beneficios extraordinarios a los peores asesinos de nuestra historia, como ser el 2x1, las domiciliarias, las excarcelaciones y los ceses de prisión preventiva efectiva.

El juicio por San Justo se dio con una espaciada agenda que propuso el tribunal para un expediente trabajoso con 18 represores imputados y 84 víctimas, pero no si se lo compara con los procesos que debían comenzar en nuestra ciudad en 2020, y que iban a coincidir en un cuello de botella espinoso producto de lo que no se hizo con tiempo en su momento y se quería realizar ahora en simultáneo.

El 22 de abril iniciaba el debate por el CCD de la sede central del Cuerpo de Infantería de La Bonaerense, conocido como “1 y 60”, que aún no comenzó y que incluye unos 22 genocidas por 194 víctimas. Importante investigación que por primera vez pondrá luz sobre la coordinación represiva entre el Regimiento 7 de Infantería y la policía en nuestra zona.

A su vez el 5 de mayo iba a empezar el esperado debate e por las Brigadas de Investigaciones o "pozos" de Banfield y Quilmes, causa acumulada de diversos expedientes, uno de ellos elevado a juicio hace más de 8 años, con un total de 23 represores a juzgar por más de 540 víctimas y unos 400 testigos que ya fueron reducidos a un número más manejable aunque con criterios altamente dúctiles. Atrasado el proceso Banfield/Quilmes, el 7 de septiembre estaba previsto el inicio del demorado juicio por los delitos cometidos en la  Brigada de Lanús con sede en Avellaneda, conocida como "El Infierno". Esa causa ya tuvo un tramo llegado a sentencia en 2013 por los casos de los hermanos Iaccarino y resultó en condenas leves y poco representativas de los delitos que juzgaba, y que incluye a 61 víctimas y sólo 4 represores porque otros 4 murieron impunes - entre ellos el jefe y subjefe del CCD. Impericia o pereza judicial, debate inconducente

Algo más interesante de observar es un fenómeno que tiene que ver con el aletargamiento del proceso de juzgamiento en La Plata y en todo el país: la dispar conformación de los tribunales que realizarán los debates pendientes y la falta de designación de jueces titulares. En La Plata el Tribunal Oral Federal 1, que ha absorbido la casi totalidad de los juicios realizados desde 2006, vino sufriendo mutaciones y reemplazos con jueces subrogantes que lo desdibujaron de aquel que en 2015 dictó el primer fallo que reconoció el delito internacional de Genocidio a una conformación más conservadora que avaló hasta el 2x1 a varios represores.

La nueva versión del TOF 1 platense que encarará los debates pendientes vive un festival de subrogancias: por un lado los magistrados que se harán cargo del debate en la causa “1 y 60”, Ricardo Basílico, con actuación en la justicia provincial de Chubut y en el TOF 8 porteño, Agustín Lemos Arias, de la Cámara Federal platense y Nicolás Toselli, designado en el TOF 8 porteño pero con actuación real como subrogante en San Martín.

Por otra parte estuvieron subrogando los cargos tres magistrados de otras jurisdicciones con actuación en San Martín: el ex camarista porteño Eduardo Farah, luego apartado por excusarse para cuidar a su madre del covid, el integrante del TOF 2 Walter Venditti y el miembro del TOF 4 porteño Esteban Rodríguez Eggers. Este trio había propuesto en diciembre pasado, mucho antes de que llegara la pandemia y el aislamiento y excusándose en viajar dos veces por semana desde San Martín, un debate cuasi virtual para “Banfield/Quilmes” en La Plata, con presencia física de un solo magistrado y el resto por sistema remoto, lo que fue duramente cuestionado por las querellas pero que la pandemia obligó a hacer de todos modos.

Desde 2006 hasta la actualidad en La Plata se dictaron 18 sentencias, y si bien a primera vista parece una cantidad importante, queda mucho por hacer, tanto en causas residuales como en otras que nunca recibieron el debido impulso. Los jueces Pablo Vega y Alejandro Esmoris se despiden este año de sus cargos en la justicia platense con la demorada sentencia por Brigada San Justo y ya coronaron su impar actuación con un nuevo fallo absolutorio del genocida CNU Juan José “Pipi” Pomares, pese a que Casación los conminó en abril de 2019 a revisar la sentencia de 2017 que firmaba la impunidad del asesino.

El panorama nacional tampoco es alentador este año. La primera sentencia de 2020 llegó en abril pasado en Mar Del Plata, en una audiencia sin público en la causa “Subona 15”, donde se condenó a 35 represores de esa estructura represiva del Ejército, así como a integrantes de la Fuerza de Tareas 6 de la Armada, de Prefectura y un integrante de la Comisaría de Miramar por 272 casos. El fallo absolvió a 5 represores, en su mayoría de la Armada. El segundo fallo se dio en mayo en Comodoro Rivadavia, donde el Tribunal Oral local condenó a unos módicos 6 años como partícipe secundario en la desaparición del militante del Partido Comunista Elvio Ángel Bel al jefe de Informaciones de la Policía de Chubut Tito Nichols, y absolvió al segundo comandante del Batallón de Infantería de Marina 4 de la FT7 de la Armada, Hernán Álvaro Hermelo. La tercera causa en llegar a sentencia fue también en mayo, pero en Rosario, en la Causa “Feced 3 y 4”, donde 10 represores fueron condenados a penas altas por 188 casos y se reconoció por primera vez en esa zona los delitos sexuales como autónomos. La cuarta y última sentencia hasta el momento llegó a fines de mayo en Entre Ríos, en un debate realizado con tribunal ad hoc y por escrito de acuerdo al viejo código, donde se dictaron 2 perpetuas y 6 sentencias menores sobre represores que seguirán con domiciliaria o bien excarcelados como llegaron al juicio.

Finalmente en octubre un segundo fallo por el Operativo Independencia en Tucumán, donde se condenó a perpetua a 3 de los 25 imputados y se absolvió a 9 represores, y otro en San Nicolás con sentencia dispar en la causa “Saint Amant 3” donde tres ex militares recibieron perpetua por crímenes en distritos del noreste bonaerense pero un policía recibió una pena a tres años de prisión y otro militar resultó absuelto.

Un total de 6 fallos, 16 absoluciones y 61 condenas por más de 800 víctimas son los datos actualizados de 2020. Si bien es prematuro extraer conclusiones para todo el año desde estos datos, dado que habitualmente la mayor cantidad de fallos se da en la segunda mitad del año, seguramente el impasse judicial por la Covid-19 impactará en el estiramiento de los procesos, tanto en los ya iniciados como en aquellos por iniciarse.

 

CCD.jpg

LA JUSTICIA SENIL

A su vez asoma otro problema crónico. La seguidilla de represores apartados por motivos de salud y muertos impunes seguirá creciendo si la realización de los juicios se sigue estirando. A esto se suma la continuidad “on line” de los juicios y a las condiciones prácticas para su realización en un contexto como la actual pandemia del Covid-19, que han sido un parte aguas en la concepción del acto de justicia que significan estos debates. No se puede estirar más los procesos porque los imputados se mueren impunes o fingen estar seniles, y además porque muchas de las víctimas, sobreviviente sus familiares también van quedando en el camino sin tener un mínimo de reparación de parte del Estado argentino. Desde HIJOS La Plata, integrante de la querella del espacio Justicia YA, acompañamos la posición que expresa que los juicios deben continuar, pero deben continuar siendo orales y públicos, con los recaudos sanitarios del caso, pero con mayor compromiso de parte del Estado para que los procesos no se estanquen más de lo que ya están y se completen como es debido. Nuestro reclamo se traduce en escuchar a todos los actores de los juicios, principalmente a las querellas de los organismos de DDHH y a los sobrevivientes, y en más concretamente en más medios económicos y personal para el perfeccionamiento de la tecnología de comunicación y el acondicionamiento de las salas de audiencias a la nueva situación, a la vez que se destaque la prohibición expresa de beneficios indebidos como los apartamientos indebidos para un represor que finge como Fernández, las domiciliarias generalizada con la excusa de abandonar al ámbito privado la salud o la custodia de los asesinos, así como las excarcelaciones sin más a los perpetradores de delitos de lesa humanidad.

 

POR JUICIOS ORALES Y PÚBLICOS CUIDANDO LA SALUD DE LOS TRABAJADORES DE LA JUSTICIA Y DE LOS TESTIGOS-SOBREVIVIENTES!

JUICIO Y CASTIGO A TODOS LOS GENOCIDAS Y SUS CÓMPLICES!

CÁRCEL COMÚN, PERPETUA Y EFECTIVA A TODOS LOS GENOCIDAS!

NO OLVIDAMOS, NO PERDONAMOS, NO NOS RECONCILIAMOS

BASTA DE BENEFICIOS A LOS GENOCIDAS!

BASTA DE DILACIONES Y PEREZA DEL ESTADO!

 

HIJOS LA PLATA – noviembre de 2020.

 

SEGUÍ LOS JUICIOS DE LA PLATA EN

http://juiciobrigadadesanjusto.blogspot.com/

https://juicio1y60.blogspot.com/

https://juiciobanfieldquilmesinfierno.blogspot.com/

 

miércoles, 26 de febrero de 2020

26 DE FEBRERO: ALEGATOS DE JUSTICIA YA! LA PLATA

JUICIO POR EL CCD BRIGADA DE INVESTIGACIONES DE SAN JUSTO



Finalmente el miércoles 26 de Febrero a las 13 hs la querella de Justicia Ya! La Plata alegará en los tribunales federales de La Plata en el marco del juicio por los delitos cometidos en la Brigada de Investigaciones de San Justo, partido de La Matanza.

Desde Justicia Ya La Plata convocamos a acompañar esta audiencia del juicio que se desarrolla desde Agosto de 2018 y en el que están imputados 18 represores por los casos de 84 compañer@s, 31 de elles desaparecidas y desaparecidos.

   El CCD Brigada de Investigaciones de San Justo formó parte del denominado “Circuito Camps”, que incluyó más de 33 CCD en el conurbano bonaerense, y estaba a cargo directamente de la Dirección General de Investigaciones que regentaba el genocida Miguel Osvaldo Etchecolatz. Además del comisario genocida, serán juzgados otros 17represores, entre militares de la estructura de zona represiva, oficiales del área de inteligencia militar, jefes del CCD, agentes que realizaban custodia e interrogatorios, un médico policial que asistía torturas y los titulares civiles del Ministerio de Gobierno provincial en dictadura.
La mayoría de estos genocidas llega al debate libre, con prisión domiciliaria o excarcelados por el vencimiento de las prisiones preventivas que venían cumpliendo. Tras la tardanza del Estado en realizar el debate, una decena de represores murieron impunes en este expediente o fueron apartados por “cuestiones de salud”, una maniobra para garantizar mayor impunidad después de 42 años.

Entre marzo del ’76 y agosto del ’78 por la Brigada de San Justo pasaron al menos 101 personas identificadas con nombre y apellido, y otras 9 individualizadas sólo con nombre de pila o apodo. De esa lista el juicio se recorta a 84 casos, 31 de los cuales corresponden a personas detenidas-desaparecidas. Sin embargo el lugar venía funcionando como CCD desde por lo menos noviembre de 1974.


La Brigada de San Justo estaba ubicada en la calle Salta N° 2450. Hoy es la sede de la DDI La Matanza. Era un lugar de interrogatorios con tortura y extermino, ya que fue un sitio al que trasladaron a las víctimas que pasaron por ese CCD tras ser secuestradas, otros asesinados en la tortura en el mismo lugar o sacados de allí para fusilar. Muchos detenidos fueron trasladados a otros CCD, como el “Pozo de Banfield” o el “Infierno”, desde donde fueron desaparecidos. La mayor parte de las víctimas fueron militantes sociales, políticos y sindicales de la zona oeste del conurbano que sufrieron la aplicación del Terrorismo de Estado como parte del plan genocida que desde nuestra querella vamos a probar en el juicio.

El tribunal que juzga los delitos cometidos en la Brigada de San Justo está integrado por los jueces Alejandro Esmoris, Nelson Jarazo y Pablo Vega. Esmoris y Jarazo absolvieron al represor Alejandro Duret en Mar Del Plata en 2009, y luego lo liberaron con el recurso del “2x1” en 2016. Además, Esmoris intentó otorgar el “2x1” a los ya condenados genocidas de la Unidad 9 Abel Dupuy y Ramón Fernández en 2017. Esmoris y Vega absolvieron al represor de la CNU Juan José “Pipi” Pomares por “beneficio de la duda” en 2017. El debate se extendió durante más de un año ya que el tribunal dispuso que sólo se realice una audiencia por semana.

Convocamos a las organizaciones de derechos humanos, feministas, gremiales, estudiantiles, sociales, políticas, y a la comunidad en su conjunto a presenciar esta audiencia el día 26 de febrero a las 13hs de la mañana para acompañar este pedido al tribunal.

Las audiencias son públicas y para presenciarlas sólo se requiere ser mayor de edad y concurrir con DNI.

Los Tribunales Federales son en calle 8 entre 50 y 51.

JUICIO Y CASTIGO A TODOS LOS GENOCIDAS!
JUSTICIA POR TODAS y TODOS LOS COMPAÑEROS Y COMPAÑERAS!
SON 30.000!
FUE GENOCIDIO!

JUSTICIA YA LA PLATA

Asociación de ex detenidos desaparecidos (AEDD), HIJOS La Plata, Asociación de Profesionales en Lucha (APEL), Centro de Profesionales por los Derechos Humanos (CEPRODH), Colectivo de Abogad@s barriales La Maza , Centro de Abogados por los Derechos Humanos (CADHU), Colectiva Feminista Las Azucenas.

BALANCE DE LOS JUICIOS A LOS GENOCIDAS A DICIEMBRE DE 2019

CATÁSTROFE POCO SERIA

EL MACRISMO SE RETIRA TRAS PROVOCAR UNA CATÁSTROFE EN DERECHOS HUMANOS. LA MAYORÍA DE LOS REPRESORES LIBRES O EN SUS CASAS CON DOMICILIARIA. LOS NÚMEROS DE LOS JUICIOS CONFIRMAN UN PANORAMA COMPLEJO. LOS DESVARÍOS DEL SECRETARIO PIETRAGALLA CORTI.
  
Por HIJOS La Plata


Referenciar la situación del tortuoso camino de la lucha por Memoria, Verdad y Justicia en la Argentina, que supera en longevidad los 35 años de gobiernos constitucionales a los que cuesta cada vez más llamar “democracia” y que sigue de pie pese a todo, y hacerlo desde los pensamientos que genera un dialéctico chiste de origen bélico puede ser suspicaz. Sin embargo la suspicacia está a la orden del día en el país de los 30 mil detenidos desaparecidos.
En una conferencia dictada en Bolivia en 2009 el filosofo esloveno Slavoj Žižek recoge una anécdota posiblemente apócrifa de la primera guerra mundial, según la cual, en la
relación de telegramas entre los cuarteles de Alemania y Austria, los alemanes en principio dieron el mensaje: “aquí en la parte del frente la situación es seria, pero no es catastrófica”; y los austriacos respondieron: “acá la situación es catastrófica, pero no es seria”. Lo que Žižek toma como disparador para pensar el papel de la izquierda al asumir, o no, la revolución como la necesidad de cambiar su realidad o bien como mera gestión de Estado, puede servir para reflexionar sobre la situación de las causas contra los genocidas de la última dictadura en nuestro país.
La situación poco seria se termina de confirmar si observamos la evaluación y las propuestas que manifiesta públicamente el flamante secretario de Derechos Humanos designado por Alberto Fernández. En una nota publicada el 26 de diciembre pasado en Página/12 Horacio Pietragalla Corti manifiesta que “el ritmo que tomaron los juicios de lesa humanidad se choca de frente con la posibilidad real de hacer justicia”. Pero para modificar la situación, y que los juicios vuelvan a ser “política de Estado”, propone “que la Corte Suprema reponga la Comisión Interpoderes; también necesitaremos que la Procuración General de la Nación instruya a los fiscales y a la Procuraduría de Crímenes de Lesa Humanidad a priorizar la realización de estos juicios, con un criterio que nos permita dejar de investigar a los genocidas pluricondenados para avanzar con aquellos que aún no fueron juzgados” (2). La perplejidad en que nos sume tal oferta a quienes militamos desde querellas independientes estos procesos transforma a una situación catastrófica en poco seria. Porque pretender una selectividad en el juzgamiento ya fue política de Estado en los ’80, leyes de impunidad de por medio, y de implementarse las aspiraciones de Pietragalla la mayoría de los procesos en curso quedarían desiertos. El ex diputado, a la sazón obediente votante de la ley antiterrorista en 2011 (3), parece desconocer que, por ejemplo en lo que conocemos como “Circuito Camps”, las grandes causas por distintos CCD tienden a repetir imputaciones por la pereza investigativa del Estado en su conjunto. En manos de estos supinos desconocedores del paño está, en parte, la posibilidad real de hacer justicia en el país de todos y todas.

EL BALANCE
El balance actual del estado de los juicios a los genocidas comienza por reafirmar al finalizar la gestión macrista el estancamiento general del proceso que hace años se venía evidenciando, a lo cual se le suman las problemáticas típicas del estiramiento indefinido de las causas. Desde la anulación de las leyes de impunidad en 2003 y hasta el 31 de diciembre de 2019 el Estado argentino efectivizó 237 juicios orales y 1 por escrito con sentencia en todo el país. En esos 238 juicios hubo 1.580 procesamientos, y como resultado se dictaron 1.354 condenas sobre 975 represores y hubo 204 absoluciones por un universo de 7.848 víctimas. Esto quiere decir que en 13 años de juicios alrededor del 48% del total de los 3.300 imputados desde 2003 fue llevado a juicio, y un 29,5% de aquel número de procesados fue condenado. Como venimos diciendo, y habiendo llegado a juicio la mitad de los procesamientos, resulta claro, sobre todo por razones biológicas de los imputados, que la otra mitad no podrá esperar otros 15 años para ser juzgados y quedará impune (como los más de 630 que fallecieron en este lapso antes de llegar a juicio) si no se acelera el proceso. Pero resulta que en lugar de acelerarse, el proceso viene decreciendo año a año.
De un total de 589 causas, sólo el 40% tuvo sentencia, un 44% se encuentran en etapa de instrucción, lo que equivale a 260 causas, además de haber 70 expedientes a la espera del inicio del juicio oral (12%) y 21 en pleno debate (4%).
De las 238 causas que llegaron a sentencia desde 2003 el 66% fueron confirmadas por Casación o Corte Suprema y el restante 34% (81 expedientes) espera resolución en segunda instancia.
Además de la información aportada por el Ministerio Público Fiscal sobre la marcha de estos juicios (4) puede colegirse que la justicia tarda un promedio de más de 5 años desde que se requiere la elevación a juicio hasta que se confirman sentencias. Ello hace ver que si aunque fuera un tercio de las causas en instrucción se elevaran a juicio ya mismo, esos procesos estarían terminando recién en 2025. Y si los otros dos tercios se elevaran en 3 y 5 años cada uno todos los procesos terminarían con mucha suerte en 2035.
La proyección es altamente optimista si pensamos que hay 260 causas en instrucción y el promedio anual de sentencias de primera instancia es de 15 a 20 expedientes en todo el país.
Además en los últimos 4 años se ha invertido la situación de libertad los represores (un total de 2484 imputados, procesados o condenados) porque de un 60 % detenidos contra un 40 % en libertad promedio en 2015 se pasó al 64 % en libertad y sólo el 36% promedio detenido en 2019. Pero además, de ese 36% de “detenidos” casi el 70% (unos 600 represores) cumplen arresto con el beneficio de la domiciliaria y sólo el 25% lo hace en cárcel común, lo que serían unos 200 genocidas. La actual queja de sectores del kirchnerismo respecto a la situación de emergencia de las domiciliarias es plenamente selectiva cuando lo que se ve es la profundización de un proceso de privilegios e impunidad para los genocidas que tiene larga data.
Además, si seguimos tomando como referencia el real actuante en la represión de 200.000 efectivos y los 600 Centros Clandestinos de Detención que funcionaron en todo el país durante la dictadura, los 3.300 imputados siguen representando una investigación sobre el 2% del total de los responsables y los 975 condenados equivaldrían a 1,5 represor por cada CCD.
Este conjunto de elementos marca claramente que la pretensión punitiva de estos procesos sobre delitos gravísimos está muy cerca de representar una mera formalidad, que contrasta con el sistema de crueldad que significa la cárcel para los presos comunes y que está reflejada en la resolución 3341/19 de la Suprema Corte bonaerense que alerta sobre la necesidad del uso racional de la prisión preventiva, y no sólo sobre políticos presos. En todo caso la crisis penitenciaria bonaerense es consecuencia lógica de la posición manifiesta del ex ministro de Inseguridad bonaerense Cristian Ritondo de “prefiero delincuentes amontonados y no liberados”, y que ha producido masacres como la de la Comisaría 1ra de Pergamino en 2017 o la de la Comisaría 3ra de Esteban Echeverría en 2018.

POCO SERIO
Ante esta realidad el ex abogado de de Cablevisión, Clarín, La Nación, La Rural S.A. y McDonald´s, y hoy ministro de la Corte Suprema de Justicia, Carlos Rosenkrantz, nos invitó a discutir formalmente la “razón humanitaria” para el otorgamiento de beneficios a los peores asesinos de nuestra historia. Rosenkrantz fue autor del infame fallo que intentó hacer pasar la aplicación a los genocidas de una figura como el 2x1, no pensada para tales casos, con una ley sancionada mucho después de que se cometieron los crímenes de la dictadura genocida y derogada antes de que el represor que la invocó fuera privado de su libertad. Sólo el rechazo total a la medida desde sectores judiciales, académicos, políticos, sociales y de los organismos de DDHH, pero esencialmente la multitudinaria movilización que Rosenkrantz definió como “la tribuna”, lograron frenar semejante engendro, que quedará en la historia como el mayor intento del macrismo por sepultar el proceso de Memoria, Verdad y Justicia..
El panorama es complejo y lejos está de modificarse el estancamiento general de estos procesos. Con un pico de actividad en 2012 los juicios a los genocidas vienen decreciendo desde entonces tanto en cantidad de juicios como de condenas anuales. No se ha podido incrementar aquel tope de dos decenas y media de juicios cada año, ya que de 25 juicios en 2012, pasamos a 24 en 2013, 20 en 2014, 21 en 2015, 19 en 2016, 25 en 2017, 17 en 2018 y 20 en 2019.
No se ha avanzado suficiente respecto a los miles de policías y penitenciarios que participaron del Genocidio. Pensemos que en el “Circuito Camps” están demorados los ya parciales procesos sobre las principales CCD del conurbano sur y oeste, como son las Brigada de Investigaciones de San Justo, Banfield, Quilmes y Lanús-Avellaneda. Tampoco se ha profundizado en la ya innegable responsabilidad del tercer gobierno peronista, y de muchos de sus funcionarios y verdugos vivos, en los más de 1.000 asesinatos cometidos por la Triple A, la CNU, el Comando Libertadores de América y otras de sus bandas entre 1973-1976, y su caracterización como parte del Genocidio. Mucho menos se tocaron masivamente las complicidades civiles, esto es empresariales, eclesiásticas y de la burocracia sindical. La doble absolución de que gozó este año el genocida César Milani, en fallos vergonzosos en La Rioja y Tucumán sobre hechos probados, es el fiel reflejo del hecho incontestable de que menos de un tercio de los represores imputados en estas causas son condenados, porque mueren impunes, porque son absueltos por no completarse las investigaciones o porque los jueces, como en el caso Milani, echan mano a hocicados argumentos para sostener la impunidad
El Estado militar argentino quiso salir del poder auto-amnistiándose. El radicalismo pretendió un juicio ejemplar a las cúpulas militares y policiales con código militar de referencia, permanencia en sus cargos de los verdugos y con impunidad negociada por ley. El desparpajo menemista ensayó borrar con el codo los pocos acuerdos conseguidos, devolviendo con los inultos desde el peronismo el cínico “ni vencedores, ni vencidos”. El aliancismo estiró impunidades y puso al dinosaurio genocida Ricardo Brinzoni conducir al Ejército. El kirchnerismo lo imitó pese a su fama de impulsar como ninguno la investigación de los crímenes del Terrorismo de Estado, claro está, además de ejercer como ninguno la represión en democracia. Con el macrimos se asistió a una transición donde los Derechos Humanos pasaron a un segundo plano.
A tono con el clima de época de avance de la derecha neoliberal más rancia los juicios a los genocidas se encuentra asediado por distintos ejes de impunidad: el estiramiento indefinido de los procesos a favor de la impunidad biológica de los genocidas, el cuello de botella entre la instrucción de las causas y los debates oraes, y las medidas ilegítimas de beneficios extraordinarios a los peores asesinos de nuestra historia, como ser el 2x1, las domiciliarias, las excarcelaciones y los ceses de prisión efectiva. Si Mauricio Macri, el mejor alumno de la dictadura cívico-militar, quiso enterrar la posibilidad de revisar el pasado reciente de manera completa y extendida, veremos si las estrategias que despliega el albertismo son del tono de los disparates judiciales del secretario Pietragalla Corti.
Desde HIJOS La Plata seguiremos exigiendo, gobierne quien gobierne, y mucho más mientras haya víctimas directas del Terrorismo de Estado entre los funcionarios responsables de impulsar estas políticas, mayor celeridad, criterios razonables en jueces y fiscales y la cárcel común, perpetua y efectiva para todos los genocidas y sus cómplices, sin ningún beneficio.

._,_.___
GOBIERNE QUIEN GOBIERNE SEGUIMOS EXIGIENDO:
JUICIO Y CASTIGO A TODOS LOS GENOCIDAS POR TODOS LOS COMPAÑEROS Y COMPAÑERAS.
CARCEL COMÚN, PERPETUA Y EFECTIVA.
BASTA DE PRIVILEGIOS A LOS REPRESORES.
NO AL 2X1. NO A LAS DOMICILIARIAS. NO A LAS EXCARCELACIONES.
BASTA DE GATILLO FÁCIL Y MUERTES POR TORTURAS EN CÁRCELES Y COMISARÍAS.
SI ES INSTITUCIONAL NO ES VIOLENCIA, ES REPRESIÓN ESTATAL.

Notas:

(1)               Cifrado en “La situación es catastrófica, pero no es seria”. Conferencia de Slavoj Žižek. En “PENSANDO EL MUNDO DESDE BOLIVIA – II ciclo de seminarios internacionales”. Puede verse en https://gitlab.com/martjanz/vp-bolivia/blob/master/docs/tomo_ii_pensado.pdf