El 13 de agosto comenzó en La Plata el juicio por los crímenes cometidos en el Centro Clandestino de Detención de la Brigada de Investigaciones de San Justo. El debate incluye imputaciones a 19 represores por 84 casos, 31 de los cuales corresponde a personas detenidas-desaparecidas. LAS AUDIENCIAS SON LOS MIÉRCOLES DESDE LAS 10 AM EN LOS TRIBUNALES FEDERALES DE LA PLATA, CALLE 8 Y 50. (Se extenderá hasta 2019).

domingo, 19 de agosto de 2018

13 DE AGOSTO 2018: PRIMERA AUDIENCIA

EN AUSENCIA DE LOS REOS

Con la ausencia de casi todos los genocidas imputados y bajo el mando de un tribunal tan parco como sus plumas jurídicas, arrancó el debate por los crímenes cometidos en uno de los CCD más grandes del oeste del conurbano bonaerense.
  
Por HIJOS La Plata - Fotos Juan Cicale







La primera audiencia del juicio por el CCD Brigada de Investigaciones de San Justo no presentó grandes novedades. Como dijimos en notas previas, es un juicio a la medida de los tiempos que corren: los de un Estado que ha puesto en último plano su obligación de revisar los crímenes cometidos por su propia mano. Ello se vio confirmado en una audiencia que llevó 4 horas de lectura de la acusación que pesa sobre el grupo de represores que se logró llevar a juicio. La ausencia física de los genocidas, que se anuncia igual para el resto del debate, fue el dato del día.
El Tribunal Oral Federal 1, esta vez compuesto por los jueces Alejandro Esmoris, Nelson Jarazo y Pablo Vega, comenzó la jornada chequeando el sonido de las teleconferencias desde las cuales los genocidas “cumplían” su deber de imputados. “Hola, me escuchan?” fue la retahíla de varios minutos con que el presidente del tribunal Dr. Esmoris, pionero de la aplicación del privilegio del 2x1 a represores en 2016, intentaba imponer su conducción de la audiencia. Todavía verde para estos menesteres, el juez Esmoris fue sobrepasado por el comisario Miguel Osvaldo Etchecolatz que desde una pequeña sala del Complejo Penitenciario I de Ezeiza se manejó con total soltura: interrumpió a su gusto, cuando se cansó pidió médico y se retiró largos minutos sin que el tribunal lo notara. El resto de los reos se repartió en sigilo con 12 de ellos en la Cámara Federal de CABA, 3 desde la Unidad 34 de Campo de Mayo y otros 3 desde el Tribunal Oral de Mar Del Plata. La dinámica de teleconferencia es otro privilegio para los represores, ya que les ahorra la molestia de trasladarse temprano al tribunal, eluden la presión simbólica de los familiares y organismos de DDHH que esperan ansiosos para auscultarles el semblante, y sobre todo porque para las indagatorias por regla se explayan mucho menos tiempo, tienen más espacio para los desvaríos y los reencauzamientos discursivos son más tediosos.
Con todo ello, en la primera audiencia el tribunal terminó de confirmar que la lista de represores a juzgar será de 19, si bien queda por revisarse la situación de Miguel Ángel Amigo, que había sido apartado pero de quien falta una pericia psiquiátrica para ver si vuelve al proceso. También se confirmó que de los 19 imputados la mayoría están en sus casas, y sólo 4 están detenidos en prisión común. Quizás por eso en lugar de dictaminar sendos operativos de traslado hasta los tribunales platense, los jueces del TOF 1 decidieron que era más cómodo y menos problemático juntar a los reos por jurisdicción con una teleconferencia en cada sitio. 

Así las cosas los represores Rodolfo Godoy, subjefe Área 114 entre el ’77 y el ’79 y Alejandro Menechini, jefe de la Brigada de San Justo entre julio del ‘76 y septiembre del ’77, afrontan el juicio desde sus casas de Mar Del Plata. El otro jefe de la Brigada, Juan Carlos Ojeda, ve las audiencias por teleconferencia y luego vuelve a su domicilio de Tres de Febrero.
Los policías bonaerenses Rubén Boan (torturador apodado “Víbora”), Roberto Félix (subcomisario de la Brigada en el ’78), y Jorge Héctor Vidal (médico policial que asistía torturas) también viven el proceso como una salida desde sus hogares. Vidal estuvo 4 años prófugo en esta causa y tras ser detenido y pasar un tiempo preso consiguió que lo devolvieran a su guarida de Robertson 1077 en el Bajo Flores en CABA. El represor Héctor Carrera está libre porque había sido apartado con excusas psiquiátricas, y aunque fue sumado al juicio a último momento no fue detenido.
Igual situación de prisión morigerada revistan los integrantes del Destacamento de Inteligencia 101 de La Plata, Roberto Armando Balmaceda, Ricardo Armando Fernández, Emilio Herrero Anzorena, Carlos Romero Pavón. Su camarada de armas Carlos Del Señor Hidalgo Garzón tiene dictada una prórroga de la prisión preventiva, pero disfruta la domiciliaria pese a haberla violado reiteradas veces, la última con la presencia de armas en la casa de su cuñado.
Los dos civiles imputados en la causa, jefe y subjefe del Ministerio de Gobierno de la provincia en dictadura Jaime Smart y José María Torino, también disfrutan de completa libertad pese a estar acusados de la totalidad de los 84 casos del debate.
Los únicos represores de esta causa que cumplen arresto efectivo en cárcel común son el militar Jorge Di Pasquale, ya condenado en varios procesos, y los agentes de la Brigada de San Justo Ricardo García alias “Buggy” y Raúl Carballo, todos ellos alojado en la Unidad 34 de Campo de Mayo.
Finalmente, si bien el comisario Etchecolatz tiene dictado el cese de prisión preventiva en este expediente, está detenido por las causas por los CCD Infierno” y “Puente 12” en las que el Tribunal de Casación le revocó la domiciliaria que lo llevó unos días a Mar Del Plata el verano pasado.

El único imputado que estuvo presente físicamente en la primer audiencia, el represor Leopoldo Luis Baume, fue traído a debate porque está a mano y goza del beneficio de la domiciliaria en su casa de calle 49 Nº 867, 1° piso, Depto A de La Plata y jugó una cara de póker cuando se le enrostró la acusación de 52 casos de secuestro y torturas por el rol que cumplió como segundo Jefe de la Brigada de San Justo entre noviembre de 1977 y enero de 1979.
La voz de la secretaria del tribunal recorrió por varias horas la descripción del funcionamiento de la Brigada como Centro Clandestino y en su relato se comenzó a vislumbrar una primera aproximación al calvario sufrido por cada una de las 84 víctimas del proceso. Allí estuvieron los nombres y las historias de vida y militancia de decenas de luchadores sociales, políticos y sindicales que fueron llevados a San Justo como lugar de fichaje, algunos liberados, otros trasladados a otros CCD y otros asesinados.
La lectura de la acusación culminó con un fragmento del planteo de la querella del Comité para la Defensa de la Ética, la Salud y los Derechos Humanos (Codesedh) sobre la calificación de los hechos en cuestión como constitutivos del delito internacional de Genocidio. La sutil diferencia entre juzgar delitos de lesa humanidad y reconocer un Genocidio no es menor, e importa la diferencia de concepción del Terrorismo de Estado como un ataque indiscriminado del aparto de poder del Estado a la población civil o bien la voluntad de destrucción de un grupo nacional específico determinado por los represores como “subversivos”. Por el reconocimiento de esta segunda concepción han luchado hasta el final de sus días compañer@s como Nilda Eloy, Enrique Fukman y Adriana Calvo, y sus esfuerzos estarán presentes en los que seguimos su ejemplo en las causas que restan juzgar.
La decisión del tribunal de incluir tal apéndice técnico en la lectura de la acusación, que incluye un firme posicionamiento político, sorprendió a los más atentos. Un fácil optimismo sugiere que quizás haya echado frutos aquella convicción de plantear la condena por el delito de Genocidio que comenzó realizando en La Plata en solitario la querella de Justicia Ya en el juicio a Etchecolatz de 2006. Aquella tenacidad en los planteos tuvo su pico en nuestra ciudad con el fallo del juicio a la “Fuerza de Tareas 5” de 2015, que condenó ya no sólo “en el marco del genocidio” sino como coautores de tal delito. Ese fallo aún está a confirmar por tribunales superiores. Pero hasta ese momento hicieron falta varios juicios orales para que la propia fiscalía se animara a acusar por Genocidio. Y si bien hoy todas las querellas en el país se hacen eco del enfoque, el planteo no ha sido de preferencia de la sana crítica de los jueces de la actual composición del TOF 1 platense. En fallos anteriores se han esmerado en argumentar la elusión de la aplicación de la condena por Genocidio. Esmoris ha dicho que se trata de “una cuestión de pura interpretación normativa”, ya que “el grupo perseguido en nuestro país era de evidente naturaleza política, precisamente aquél que, por ser uno de los grupos fluctuantes y variables, con la consecuente dificultad de determinación, no fue incluido en la enumeración de la convención” (fallo “Ruarte, Orlando Miguel Arcángel y otro” de 2016). Vega dejó a salvo su criterio recordando que “las distintas Salas de la Cámara Federal de Casación Penal, al pronunciarse con relación a los hechos delictivos cometidos durante el último terrorismo de Estado que sufrió nuestro país, han entendido que las conductas constituyen, específicamente, crímenes de lesa humanidad” (fallo en causa “FLP 34000009” de 2017). 

Lo impúdico de esta posición de los jueces se completa con que “nada obsta a que el legislador argentino se ocupe a la brevedad de incluir un tipo penal específico que establezca que el delito de genocidio, se verifique por actos cuya intención de destruir total o parcialmente, no solo alcance a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, sino también a un grupo por sus ideas políticas” (doctrina del juez Germán Castelli en fallo ESMA). Según sus señorías esto “no traería contradicción con la convención respectiva, pues solo ampliaría el ámbito de protección normativo, y solo sería aplicable en el ámbito nacional y la ley regiría para el futuro”. Sus señorías están a tiempo de cambiar de cambiar de opinión, pero como sabemos es difícil que el chancho chifle.
El próximo paso en el juicio será el llamado a indagatoria de los genocidas, algunos planteos preliminares de las querellas y la apertura de la ronda de testimonios.

La próxima audiencia será el miércoles 15 de agosto desde las 10 am. Para presenciarla sólo se necesita concurrir a los Tribunales Federales de 8 y 50 con DNI.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario