El 13 de agosto comenzó en La Plata el juicio por los crímenes cometidos en el Centro Clandestino de Detención de la Brigada de Investigaciones de San Justo. El debate incluye imputaciones a 19 represores por 84 casos, 31 de los cuales corresponde a personas detenidas-desaparecidas. LAS AUDIENCIAS SON LOS MIÉRCOLES DESDE LAS 10 AM EN LOS TRIBUNALES FEDERALES DE LA PLATA, CALLE 8 Y 50. (Se extenderá hasta 2019).

domingo, 26 de agosto de 2018

ACTUALIZACIÓN: IMPUTADOS JUICIO BRIGADA SAN JUSTO

Por HIJOS La Plata

Publicamos una tabla en donde se pueden ver los IMPUTADOS en el juicio, a que FUERZA pertenecían; su CARGO en dicha Fuerza; el PERIODO ACTIVO como integrante de la Fuerza; casos de Prisión Ilegal de Libertad, PIL Y TORMENTOS por los cuales esta acusado; y SITUACIÓN legal del imputado.



15 DE AGOSTO DE 2018: SEGUNDA AUDIENCIA

SILENCIO VS COHERENCIA

En la segunda jornada del debate todos los represores se negaron a declarar en indagatoria. Sólo se escucharon los planteos de las querellas solicitando la pertinente ampliación de la imputación por el caso Lavalle-Lemos y el cese de los beneficios de libertad o domiciliarias a los genocidas imputados. El Tribunal: bien, gracias.

Por HIJOS La Plata



Continuó avanzando el juicio oral por los secuestros, torturas y desapariciones de decenas de militantes políticos, sociales y sindicales ocurridos en dictadura en el CCD de la Brigada de Investigaciones de San Justo, en La Matanza. El proceso contempla a 19 represores por los casos de 84 víctimas.

Indagatorias y un café entre camaradas
Amparados en el derecho constitucional de guardar silencio ante una acusación, por consejo de sus abogados o directamente porque no les conviene, la totalidad de los represores imputados se negó a declarar cuando fueron llamados a indagatoria. El acto procesal resultó un desfile de desmemoriados y desganados gerontes, eso sí, todos en perfecto estado de salud. Excepto el represor Leopoldo Luis Baume, presente en la sala, los demás respondieron desde sus teleconferencias en la Cámara Federal de Casación en CABA, la Cámara Federal de Mar Del Plata, la Unidad 34 de Campo de Mayo y el Hospital Penitenciario de Ezeiza.
De la revista sólo quedaron algunas infamias como la del teniente coronel Roberto Balmaceda, acusado por 49 casos de secuestros y torturas en San Justo, que dijo que tenía una condena previa a perpetua en el juicio por el CCD “La Cacha” por “orden de la Secretaría de Derechos Humanos”; la minuciosidad del comisario Miguel Etchecolatz describiendo las 9 causas en las que está implicado; o la puesta en escena de Carlos Hidalgo Garzón que pretendió no recordar su edad, dijo que es abogado cuando es retirado del Ejército y, pese a tener varias condenas en causas de lesa humanidad, cuando le pidieron si tenía antecedentes contestó “No que yo sepa”.
La realidad de un juicio cuasi televisado y con la mayoría de los represores ausentes es fruto de la modalidad que encontró el Tribunal 1 de La Plata para escenificar la impunidad ante el hecho de que 15 de los 19 represores juzgados están excarcelados. Una manera de blanquear que esta vez si los genocidas no vienen al juicio “la montaña va a Mahoma”. La soltura de que gozan los represores dio hasta para un hecho insólito: la querella de la Liga Argentina por los Derechos del Hombre-Unión por los DDHH denunció que el coronel Rodolfo Godoy (San Lorenzo N° 468) y el ex policía bonaerense Alejandro Menichini (Av. Independencia Nº 1531, piso 11, Depto. “F”) que gozan de la domiciliaria en Mar Del Plata, aprovecharon un cuarto intermedio del debate para tomar un café en un bar del centro de esa ciudad. Cuando deben ir sólo de sus casas a la Cámara Federal marplatense para estar presentes en la videoconferencia, se pidieron informes de revisión de las condiciones de las detenciones domiciliarias, ya que surge a las claras el desmanejo del Tribunal sobre la situación de los genocidas.


Ajustados a derecho
A continuación la querella de la APDH-familia Lavalle Lemos pidió que se amplíe la acusación y se realicen indagatorias de 8 represores por los casos de la familia Lavalle Lemos. La pareja de militantes Gustavo Antonio Lavalle y Mónica María Lemos, junto a su hija María de 14 meses, fue secuestrada el 20 de julio de 1977 en José C Paz. Además Mónica estaba embarazada de 8 meses. Fueron llevados a la Brigada de San Justo, donde estuvieron 6 días en el caso de María y los padres hasta septiembre del mismo año. María fue llevada a la casa de unos vecinos de la familia y los padres trasladados al Pozo de Banfield, donde Mónica dio a luz a María José a comienzos de septiembre del ’77. De allí la pareja fue desaparecida y la bebé trasladada con horas de vida a la Brigada de San Justo, donde fue apropiada por la sargento de la bonaerense María Teresa González y su pareja Nelson Rubén. Tras la lucha de su abuela, Haydé Vallino de Lemos, María José recuperó su identidad en 1987 y los apropiadores González y Rubén fueron condenados a 3 años de prisión en suspenso.
La querella reclamó por el hecho inexplicable de que habiendo pasado toda la familia Lavalle Lemos por la Brigada de San Justo, sólo esté imputado por los 4 casos el represor Hidalgo Garzón, mientras que el grueso de los genocidas sólo recibió acusación por el caso de María Lavalle. A razón de verdad ese derrotero fallido tiene un origen concreto: en la elevación a juicio de esta causa, que data de septiembre de 2015, el juez Ernesto Kreplak señala que los fiscales Hernán Schapiro y Marcelo Molina pidieron “el llamado a indagatoria de los imputados en autos por Gustavo Lavalle-Mónica Lemos-María José Lavalle, con posterioridad a que se indagara y procesara a los imputados por el caso de María Lavalle” y que por los otros 3 casos las indagatorias estaban pendientes. Lo cierto es que el agravio irracional de desdoblar los casos pasó inalterado las instancias de opinión de los fiscales y del juez de instrucción.
El entuerto trató de ser enmendado por los fiscales en instancia posterior y al momento de imputar a los represores del Destacamento de Inteligencia 101 Hidalgo Garzón y Ricardo Von Kyaw, este último luego apartado y hoy fallecido, donde entre 76 víctimas incluyen a la familia Lavalle Lemos completa.
Así las cosas, el tribunal contestó al planteo rechazándolo por unanimidad. El juez Esmoris realizó un desarrollo sobre los supuestos formales que habilitan la ampliación del requerimiento fiscal (delito continuado o agravantes) y afirmó que el caso no encuadra, pero dijo que “para no ser tan formalistas” bastaría con entender que “las falencias de la instrucción no se resuelven con nuevas falencias en el debate oral”. El juez Vega indicó que su postura en este punto ya es conocida y se resume en que no puede ser amputado el requerimiento porque no se trata de un mismo hecho sino de hechos distintos. A su vez señaló que como jueces no están dispuestos a pagar los costos de esta situación y concluyó en que “más allá de lo justo y racional del pedido, no se ajusta a derecho”.
La fragmentación de hechos del Terrorismo de Estado tuvo un antecedente cercano en el juicio a la CNU de 2017, donde los jueces platenses opinaron de igual modo. En aquella oportunidad convalidaron el desgüace de una misma masacre, ya que la misma noche, en el mismo operativo y con el mismo resultado trágico, fueron secuestrados Horacio Urrera, Leonardo Miceli y Carlos Sathicq, pero por las defecciones de la justicia federal platense sólo se elevó a juicio el caso de Miceli. Ahora la justicia en pleno, sea en su etapa de instrucción o de juicio oral, pretenden que la familia Lavalle Lemos siga esperando un juicio justo. Esto, claro está, si es que los imputados siguen vivos para cuando se realice tal debate.


Los fulanos seguirán libres
A su turno la querella del espacio Justicia Ya La Plata-Fundación Anahí fundamentó la necesidad de que se suspenda el beneficio de prisión domiciliaria y se dicte la prisión preventiva de varios imputados por el tiempo que dure el debate oral, a la vez que exigió la presencia de los imputados en la sala de audiencias.
Como dijimos, sólo 4 de 19 represores están detenidos en el Servicio Penitenciario. Por eso se solicitó al tribunal que vuelva a dictar la prisión preventiva con cárcel común del subsecretario de gobierno bonaerense Juan María Torino, del agente de la Brigada Héctor Carrera y del comisario Etchecolatz, que consiguió la libertad en esta causa. A su vez se pidió que se revoquen las prisiones domiciliarias a los imputados Rodolfo Balmaceda, Leopoldo Baume, Rubén Boan, Héctor Carrera, Roberto Félix, Ricardo Fernández, Rodolfo Godoy, Emilio Herrero Anzorena, Carlos Hidalgo Garzón, Alejandro Menichini, Carlos Romero Pavón, Jaime Smart y Héctor Vidal.
Justicia Ya afirmó que “no resulta novedosa la precariedad de las modalidades en las custodias policiales cuando se trata de detenidos por delitos de lesa humanidad”. La querella señaló el efecto de revictimización que implica para familiares y sobreviviente que los represores asistan al debate en libertad y recordó algunos casos paradigmáticos de represores que se han profugado, han violado las domiciliarias o han entorpecido las investigaciones. Dos de esos casos refieren a genocidas imputados en este juicio. Carlos Hidalgo Garzón, hoy con domiciliaria que ya violó varias veces saliendo a andar en bicicleta desde un geriátrico donde estaba alojado y ostentando armas de fuego en la casa de su cuñado. Y Jorge Héctor Vidal, prófugo durante 8 años y hallado escondido en un entrepiso de la misma casa familiar en la que hoy goza de la domiciliaria.
Respecto a las domiciliarias por unanimidad los jueces Pablo Vega, Alejandro Esmoris y Nelson Jarazzo declararon improcedente el pedido. Ante la negativa del tribunal Justicia Ya realizó una reposición por el dictado de nuevas prisiones preventivas, con el apoyo de todas las querellas. Aun así el planteo fue rechazado por mayoría de los jueces Esmoris y Jarazzo, que si hoy se muestran apegados a estrictas interpretaciones técnicas tienen amplios antecedentes en beneficiar a los genocidas con mamarrachos jurídicos como el “2x1”. La emergencia de las domiciliarias de que gozan los genocidas se evidencia en que más del 50% de los represores procesados o condenados en todo el país, esto es más de 550 genocidas, están excarcelados. Este fenómeno no es nuevo, ni atribuible sólo a la gestión Macri.
El debate continuará con la apertura de la ronda de testimonios donde se escucharán los relatos de cerca de 120 personas, entre familiares y víctimas sobrevivientes.

La próxima audiencia será el miércoles 29 de agosto desde las 10 am. Para presenciarla sólo se necesita concurrir a los Tribunales Federales de 8 y 50 con DNI.

domingo, 19 de agosto de 2018

13 DE AGOSTO 2018: PRIMERA AUDIENCIA

EN AUSENCIA DE LOS REOS

Con la ausencia de casi todos los genocidas imputados y bajo el mando de un tribunal tan parco como sus plumas jurídicas, arrancó el debate por los crímenes cometidos en uno de los CCD más grandes del oeste del conurbano bonaerense.
  
Por HIJOS La Plata - Fotos Juan Cicale







La primera audiencia del juicio por el CCD Brigada de Investigaciones de San Justo no presentó grandes novedades. Como dijimos en notas previas, es un juicio a la medida de los tiempos que corren: los de un Estado que ha puesto en último plano su obligación de revisar los crímenes cometidos por su propia mano. Ello se vio confirmado en una audiencia que llevó 4 horas de lectura de la acusación que pesa sobre el grupo de represores que se logró llevar a juicio. La ausencia física de los genocidas, que se anuncia igual para el resto del debate, fue el dato del día.
El Tribunal Oral Federal 1, esta vez compuesto por los jueces Alejandro Esmoris, Nelson Jarazo y Pablo Vega, comenzó la jornada chequeando el sonido de las teleconferencias desde las cuales los genocidas “cumplían” su deber de imputados. “Hola, me escuchan?” fue la retahíla de varios minutos con que el presidente del tribunal Dr. Esmoris, pionero de la aplicación del privilegio del 2x1 a represores en 2016, intentaba imponer su conducción de la audiencia. Todavía verde para estos menesteres, el juez Esmoris fue sobrepasado por el comisario Miguel Osvaldo Etchecolatz que desde una pequeña sala del Complejo Penitenciario I de Ezeiza se manejó con total soltura: interrumpió a su gusto, cuando se cansó pidió médico y se retiró largos minutos sin que el tribunal lo notara. El resto de los reos se repartió en sigilo con 12 de ellos en la Cámara Federal de CABA, 3 desde la Unidad 34 de Campo de Mayo y otros 3 desde el Tribunal Oral de Mar Del Plata. La dinámica de teleconferencia es otro privilegio para los represores, ya que les ahorra la molestia de trasladarse temprano al tribunal, eluden la presión simbólica de los familiares y organismos de DDHH que esperan ansiosos para auscultarles el semblante, y sobre todo porque para las indagatorias por regla se explayan mucho menos tiempo, tienen más espacio para los desvaríos y los reencauzamientos discursivos son más tediosos.
Con todo ello, en la primera audiencia el tribunal terminó de confirmar que la lista de represores a juzgar será de 19, si bien queda por revisarse la situación de Miguel Ángel Amigo, que había sido apartado pero de quien falta una pericia psiquiátrica para ver si vuelve al proceso. También se confirmó que de los 19 imputados la mayoría están en sus casas, y sólo 4 están detenidos en prisión común. Quizás por eso en lugar de dictaminar sendos operativos de traslado hasta los tribunales platense, los jueces del TOF 1 decidieron que era más cómodo y menos problemático juntar a los reos por jurisdicción con una teleconferencia en cada sitio. 

Así las cosas los represores Rodolfo Godoy, subjefe Área 114 entre el ’77 y el ’79 y Alejandro Menechini, jefe de la Brigada de San Justo entre julio del ‘76 y septiembre del ’77, afrontan el juicio desde sus casas de Mar Del Plata. El otro jefe de la Brigada, Juan Carlos Ojeda, ve las audiencias por teleconferencia y luego vuelve a su domicilio de Tres de Febrero.
Los policías bonaerenses Rubén Boan (torturador apodado “Víbora”), Roberto Félix (subcomisario de la Brigada en el ’78), y Jorge Héctor Vidal (médico policial que asistía torturas) también viven el proceso como una salida desde sus hogares. Vidal estuvo 4 años prófugo en esta causa y tras ser detenido y pasar un tiempo preso consiguió que lo devolvieran a su guarida de Robertson 1077 en el Bajo Flores en CABA. El represor Héctor Carrera está libre porque había sido apartado con excusas psiquiátricas, y aunque fue sumado al juicio a último momento no fue detenido.
Igual situación de prisión morigerada revistan los integrantes del Destacamento de Inteligencia 101 de La Plata, Roberto Armando Balmaceda, Ricardo Armando Fernández, Emilio Herrero Anzorena, Carlos Romero Pavón. Su camarada de armas Carlos Del Señor Hidalgo Garzón tiene dictada una prórroga de la prisión preventiva, pero disfruta la domiciliaria pese a haberla violado reiteradas veces, la última con la presencia de armas en la casa de su cuñado.
Los dos civiles imputados en la causa, jefe y subjefe del Ministerio de Gobierno de la provincia en dictadura Jaime Smart y José María Torino, también disfrutan de completa libertad pese a estar acusados de la totalidad de los 84 casos del debate.
Los únicos represores de esta causa que cumplen arresto efectivo en cárcel común son el militar Jorge Di Pasquale, ya condenado en varios procesos, y los agentes de la Brigada de San Justo Ricardo García alias “Buggy” y Raúl Carballo, todos ellos alojado en la Unidad 34 de Campo de Mayo.
Finalmente, si bien el comisario Etchecolatz tiene dictado el cese de prisión preventiva en este expediente, está detenido por las causas por los CCD Infierno” y “Puente 12” en las que el Tribunal de Casación le revocó la domiciliaria que lo llevó unos días a Mar Del Plata el verano pasado.

El único imputado que estuvo presente físicamente en la primer audiencia, el represor Leopoldo Luis Baume, fue traído a debate porque está a mano y goza del beneficio de la domiciliaria en su casa de calle 49 Nº 867, 1° piso, Depto A de La Plata y jugó una cara de póker cuando se le enrostró la acusación de 52 casos de secuestro y torturas por el rol que cumplió como segundo Jefe de la Brigada de San Justo entre noviembre de 1977 y enero de 1979.
La voz de la secretaria del tribunal recorrió por varias horas la descripción del funcionamiento de la Brigada como Centro Clandestino y en su relato se comenzó a vislumbrar una primera aproximación al calvario sufrido por cada una de las 84 víctimas del proceso. Allí estuvieron los nombres y las historias de vida y militancia de decenas de luchadores sociales, políticos y sindicales que fueron llevados a San Justo como lugar de fichaje, algunos liberados, otros trasladados a otros CCD y otros asesinados.
La lectura de la acusación culminó con un fragmento del planteo de la querella del Comité para la Defensa de la Ética, la Salud y los Derechos Humanos (Codesedh) sobre la calificación de los hechos en cuestión como constitutivos del delito internacional de Genocidio. La sutil diferencia entre juzgar delitos de lesa humanidad y reconocer un Genocidio no es menor, e importa la diferencia de concepción del Terrorismo de Estado como un ataque indiscriminado del aparto de poder del Estado a la población civil o bien la voluntad de destrucción de un grupo nacional específico determinado por los represores como “subversivos”. Por el reconocimiento de esta segunda concepción han luchado hasta el final de sus días compañer@s como Nilda Eloy, Enrique Fukman y Adriana Calvo, y sus esfuerzos estarán presentes en los que seguimos su ejemplo en las causas que restan juzgar.
La decisión del tribunal de incluir tal apéndice técnico en la lectura de la acusación, que incluye un firme posicionamiento político, sorprendió a los más atentos. Un fácil optimismo sugiere que quizás haya echado frutos aquella convicción de plantear la condena por el delito de Genocidio que comenzó realizando en La Plata en solitario la querella de Justicia Ya en el juicio a Etchecolatz de 2006. Aquella tenacidad en los planteos tuvo su pico en nuestra ciudad con el fallo del juicio a la “Fuerza de Tareas 5” de 2015, que condenó ya no sólo “en el marco del genocidio” sino como coautores de tal delito. Ese fallo aún está a confirmar por tribunales superiores. Pero hasta ese momento hicieron falta varios juicios orales para que la propia fiscalía se animara a acusar por Genocidio. Y si bien hoy todas las querellas en el país se hacen eco del enfoque, el planteo no ha sido de preferencia de la sana crítica de los jueces de la actual composición del TOF 1 platense. En fallos anteriores se han esmerado en argumentar la elusión de la aplicación de la condena por Genocidio. Esmoris ha dicho que se trata de “una cuestión de pura interpretación normativa”, ya que “el grupo perseguido en nuestro país era de evidente naturaleza política, precisamente aquél que, por ser uno de los grupos fluctuantes y variables, con la consecuente dificultad de determinación, no fue incluido en la enumeración de la convención” (fallo “Ruarte, Orlando Miguel Arcángel y otro” de 2016). Vega dejó a salvo su criterio recordando que “las distintas Salas de la Cámara Federal de Casación Penal, al pronunciarse con relación a los hechos delictivos cometidos durante el último terrorismo de Estado que sufrió nuestro país, han entendido que las conductas constituyen, específicamente, crímenes de lesa humanidad” (fallo en causa “FLP 34000009” de 2017). 

Lo impúdico de esta posición de los jueces se completa con que “nada obsta a que el legislador argentino se ocupe a la brevedad de incluir un tipo penal específico que establezca que el delito de genocidio, se verifique por actos cuya intención de destruir total o parcialmente, no solo alcance a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, sino también a un grupo por sus ideas políticas” (doctrina del juez Germán Castelli en fallo ESMA). Según sus señorías esto “no traería contradicción con la convención respectiva, pues solo ampliaría el ámbito de protección normativo, y solo sería aplicable en el ámbito nacional y la ley regiría para el futuro”. Sus señorías están a tiempo de cambiar de cambiar de opinión, pero como sabemos es difícil que el chancho chifle.
El próximo paso en el juicio será el llamado a indagatoria de los genocidas, algunos planteos preliminares de las querellas y la apertura de la ronda de testimonios.

La próxima audiencia será el miércoles 15 de agosto desde las 10 am. Para presenciarla sólo se necesita concurrir a los Tribunales Federales de 8 y 50 con DNI.

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